
La cifra que decide cuántas personas puede llevar un guía en una cabalgata no descansa en evidencia sino en el acuerdo de quienes se sentaron en el comité, y ampliar esa mesa cambia quién escribe el número sin cambiar cómo sabríamos si es el correcto.
¿Por qué detenerse en una cifra de una norma técnica? Porque en Colombia, desde junio de 2025, las normas técnicas de turismo de aventura dejaron de ser recomendaciones: quien opera debe certificarse en la que le corresponde, y cada cifra pasa a separar lo permitido de lo prohibido. Cuando un número decide quién opera, saber de dónde viene es parte de conocer el riesgo.
Las normas técnicas de cabalgata de Chile y de Colombia comparten una "regla" que fija cuántas personas puede llevar un guía en una cabalgata turística. La norma chilena dice que el número máximo de clientes por guía depende de la dificultad técnica, del compromiso de la actividad y de la preparación del cliente, y que no debe superar diez clientes montados por guía. La colombiana dice lo mismo con una palabra cambiada, usuario por cliente, y un número cambiado. No hay copia encubierta; su bibliografía cita la NCh3001 de 2006. El documento colombiano tomó la estructura de la frase. No tomó el diez: lo ajustó a doce.
Un operador que hoy sale a caballo en Colombia con trece personas y un guía incumple. Y la línea no es opcional: la Resolución 0612 de 2024 exige a quien opera aventura certificarse, en el nivel más alto, en la norma de su actividad. Un auditor puede señalar el trece con el dedo. Pero ¿de dónde salió el doce?
En la portada de la norma chilena está el comité que la escribió: la Cámara de Turismo de Olmué, la Comunidad Olmué-Granizo, el Gremio de Arrendadores de Caballos de Olmué y la Municipalidad de Olmué, junto a CONAF, SERNATUR y operadores. Olmué es un valle de la región de Valparaíso donde arrendar caballos es un oficio con gremio propio. Cuatro asientos de esa mesa vienen del mismo lugar. Eso no es un defecto: a un comité técnico se le pide que lo integre gente que hace la cosa. El punto es que el diez salió de ahí, y el documento no dice por qué diez y no ocho, ni doce.
Lo que sí declara es en qué se apoyó, a falta de norma internacional: un diploma canadiense de guías, un manual de CONAF, un reglamento chileno y una ordenanza municipal de Pucón. La declaración es honesta, pero ninguno de esos documentos es un estudio sobre cuántos jinetes puede atender un guía en una actividad turística.
El comité colombiano, nueve años después, fue más amplio que el chileno. Lo integraron gremios como ANATO, agencias de viajes, academia, ICONTEC, el Ministerio de Comercio, la Policía Nacional, el SENA y un hospital equino. Las dos normas pasaron, además, por consulta pública, y la registran de maneras distintas. Chile lista a quienes respondieron: siete entidades. Colombia lista a quienes se les envió el proyecto: cientos de agencias, página tras página. La chilena cuenta voces; la colombiana, destinatarios.
Se dirá, con razón, que la consulta estaba abierta. Cualquier operador en Colombia pudo escribir pidiendo diez, o quince, o que el número dependiera de la pendiente del sendero, y si hubiera participado más gente, el número podría haber sido otro. Esa es justamente la cuestión. Ampliar la mesa cambia quién escribe la cifra, no cómo se sabría si es correcta. Si trescientas agencias hubieran respondido y el número hubiera quedado en once, el documento diría once con el mismo respaldo con que hoy dice doce: el acuerdo de quienes se sentaron. Más firmas no son más evidencia.
Y entonces aparece la pregunta de fondo. Si un comité hubiera querido sostener el doce con evidencia, ¿dónde la habría buscado? ¿Qué estudio compara lo que pasa con un guía por cada ocho jinetes, por cada diez, por cada doce? ¿Quién ha medido cómo cambia el riesgo con el terreno, el caballo o la experiencia de quien monta?
Este texto no dice que doce esté mal. Podría ser el número correcto, por accidente o porque quienes se sentaron llevaban décadas llevando gente montada. No sabemos si el diez o el doce tienen fundamento. Lo que sí sabemos es que, como operadores en Colombia, debemos cumplir el doce. Así funcionan las normas: alguien fija el límite y quien opera lo respeta. Eso no es el problema.
El problema está en otra parte. Otras normas le piden al operador justificar sus propios números: la ISO 3021 le ordena determinar y sustentar técnicamente cuántas personas lleva cada guía, y la NTC-ISO 21101 le pide definir el nivel de riesgo que acepta, con sus razones. Pero ni el comité ni el operador tienen de dónde sacar esa evidencia, porque no sabemos quién la está produciendo.
El sector se ha dedicado a gestionar el riesgo y no a conocerlo. Hemos escrito procedimientos, matrices y protocolos. No conocemos laboratorios que estudien cuántas personas puede llevar un guía con seguridad y otras muchas decisiones de las normas.
El doce no es un caso aislado. La lista de estándares de seguridad que el Ministerio fijó para el turismo de aventura incluye, además de la de cabalgata, las normas de rafting, rapel, espeleología y canyoning, las de buceo y snorkel, y las de los guías que conducen esas actividades. En ellas aparecen cifras del mismo tipo: cuántas personas puede llevar un guía, desde qué edad se puede participar. La pregunta que este texto le hizo al doce se le puede hacer a cada una: ¿de dónde sale y cómo sabríamos si es la correcta?




